El perfilamiento racial, en el INM está relacionado con la xenofobia, racismo y discriminación, resultando en una práctica violatoria a derechos humanos.
Ximena Camargo, abogada litigante de Alma Migrante, nos comparte en este ensayo, cómo el perfilamiento racial, o bien perfilado racial se entiende como una actividad practicada por el Estado y sus servidores públicos que busca distinguir (en su acepción de separar) a las personas de acuerdo con su etnia o color de piel.
Por lo tanto, se puede exponer que el perfilado racial consiste en la práctica que utiliza estereotipos étnicos o raciales en lugar de una conducta individual, así como el uso de prácticas para detener a alguien con base en la descripción fenotípica o generar cargos a un individuo a partir de sospechas (Ávila, 2012: 24). La práctica de perfilado racial puede desglosarse en tres elementos: el agente perpetrador, las víctimas y los efectos.
El primer elemento consta de la participación de servidores públicos con la facultad de fuerzas del orden, de seguridad y control fronterizo. El segundo elemento puede ser un tanto subjetivo, sin embargo se limita al grupo de personas o persona miembro de un grupo que ha sido racializada y determinada de acuerdo a características fenotípicas asociadas a personas migrantes. Por último los efectos determinados por la práctica, resultan en la detención, revisión o sometimiento por el agente facultado para realizar actos de molestia legitimados o avalados por el Estado.
Por consiguiente, se puede definir que el perfilamiento racial es una violación a derechos humanos, porque afecta a las personas al no ser tratadas de manera igualitaria, y los mantiene viviendo bajo un esquema de discriminación. Esto involucra racismo, y en ciertas ocasiones, xenofobia. Adicionalmente, toma un rol protagónico la construcción de prejuicios y estereotipos en la vinculación de perfilado racial con racismo.
Es importante destacar que el perfilamiento racial se produce a partir de una política pública, en la cual se establezcan líneas de acción para la detención de las personas, y de ahí se produzcan las prácticas de perfilamiento racial.
Casos perfilamiento racial
En 2015 cuatro jóvenes indígenas tzeltales fueron detenidos por una semana en una estación migratoria de Querétaro por “no parecer mexicanas”, a raíz de esto el Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI) y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), representaron a estos jóvenes y llevaron a cabo un litigio con el que se logró que en 2019 el comisionado del INM ofreciera una disculpa pública como parte de las medidas dictadas por la Comisión Ejecutiva de Atencion a Víctimas (CEAV).
Por este mismo caso la Comisión Nacional de Derechos Humanos concluyó que el INM detiene a las personas basándose no en determinaciones objetivas, sino en presunciones subjetivas y en la apariencia de las personas, infringiendo los derechos humanos de las personas –sobre todo, su derecho a la no discriminación, que está protegido por las leyes nacionales, así como por el derecho internacional. Esta discriminación afecta a las personas no mexicanas en tránsito por México, así como a las personas mexicanas que son blanco de los agentes de migración, porque éstos creen erróneamente que son personas migrantes indocumentadas.
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